Alta Online como Empresario Individual(Autónomo ó Freelance).
Para darte de alta como Empresario individual(Autónomo ó freelance) y cumplir con las obligaciones legales, debemos de darnos de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Para ello necesitamos :
- –>Certificado digital FNMT para hacerlo online. El Certificado FNMT de Persona Física, es la certificación electrónica expedida por la FNMT-RCM que vincula a su Suscriptor con unos Datos de verificación de Firma y confirma su identidad personal. Este certificado te permitirá identificarte de forma temática y firmar documentos electrónicos.
- –>Alta Declaración Censal Simplificada Modelo 037.
- –>Alta en la Tesorería de la Seguridad Social.
- –>Libro de Ingresos y Gastos. Es obligatorio disponer de un libro de Ingresos y Gastos. Esta Hoja de Cálculo es más que suficiente y completa.
Obligaciones del Empresario Individual
Una vez hemos recibido la confirmación por parte de Hacienda y la Seguridad Social trimestralmente debemos de cumplimenar todos estos modelos, en los plazos indicados.
Modelo 130. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
Cada trimestre debés presentar tus resultados a Hacienda.
- Trimestre-1: Enero, Febrero, Marzo .Se presentará del 1 al 20 de abril,
- Trimestre-2: Abril, Mayo, Junio. Se presentará del 1 al 20 de julio.
- Trimestre-3: Julio, Agosto, Septiembre.Se presentará del 1 al 20 de octubre.
- Trimestre-4: Octubre, Noviembre, Diciembre.Se presentará del 1 al 30 de enero.
Se presenta el resultado de los Ingresos menos Gastos.
Modelo 303. IVA. Autoliquidación.
Autoliquidaciones trimestrales:
- Trimestre-1: Enero, Febrero, Marzo .Se presentará del 1 al 20 de abril,
- Trimestre-2: Abril, Mayo, Junio. Se presentará del 1 al 20 de julio.
- Trimestre-3: Julio, Agosto, Septiembre.Se presentará del 1 al 20 de octubre.
- Trimestre-4: Octubre, Noviembre, Diciembre.Se presentará del 1 al 30 de enero.
Junto con la autoliquidación del cuarto trimestre ha de presentarse también el resumen anual modelo 390.
Modelo 390. IVA. Declaración Resumen Anual.
Se presentará del 1 al 30 de enero.
Modelo 347. Declaración Informativa. Declaración anual de operaciones con terceras personas.
El Modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Los Autónomos y empresas están obligados a la presentación del Modelo 347 siempre que hayan realizado operaciones de con terceros por importe superior a 3.005 Euros. Se presenta durante el mes de febrero.
Modelo 111. Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF.
Si tus clientes tienen una Actividad profesional, en las facturas debes realizar una retención de IRPF. Se declara trimestralmente durante los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio,octubre y enero, por las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al trimestre natural inmediato anterior.
Modelo 190. Resumen anual Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
El plazo de presentación del Modelo 190, será entre el día 1 al 31 de enero.
La información que se muestra en esta entrada es meramente orientativa y basada en mi experiencia.
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